¿En qué me va a ayudar un Informe Pericial de Acoso Laboral?
Peritaje Psicológico

¿En qué me va a ayudar un Informe Pericial de Acoso Laboral?

Escrito y verificado por Cristina Ropero ArmijoPublicado:

A día de hoy, la cifra de trabajadores que sufren acoso laboral o mobbing en España oscila en torno al 10 y 15%. Este artículo sirve para valorar la aportación de un informe pericial en juicio de laboral.

¿Cuándo se necesita un Informe Pericial de Acoso Laboral?

¿Cuándo se necesita un informe pericial de acoso laboral como los que hacemos en Psicolegalmente? A día de hoy, la cifra de trabajadores que sufren acoso laboral o mobbing en España oscila en torno al 10 y 15%. A este dato cabe añadir que, el 80% de la población trabajadora refiere que, al menos una vez a lo largo de su vida, ha sufrido una situación de acoso en su lugar de trabajo.

Si todavía no lo has hecho, te recomendamos leer nuestro artículo sobre cómo denunciar el acoso laboral.

¿Cuál es el objetivo del peritaje de acoso laboral?

Las cifras son cuanto menos alarmantes. Sin embargo, resulta más llamativo saber que ni siquiera una décima parte de aquellos que lo sufren lo llegan a poner en conocimiento. Esto puede deberse a varios factores. El principal, el desconocimiento: aunque en la mayoría de los casos ocurre por aceptación de la situación por parte de la víctima o por miedo a las represalias.

Sin embargo, también existe la otra cara de la moneda. Es decir, cuando por fin se decide iniciar un procedimiento legal y presentar una demanda por acoso laboral. En la mayoría de los casos resulta una situación desconocida, por lo que suelen aparecer multitud de dudas, como, por ejemplo: ¿Qué se debe aportar como prueba?

La evaluación psicológica del acoso laboral es uno de los puntos a destacar, dado que analiza el impacto psicológico de la situación y lo plasma en una prueba válida a nivel judicial. Esto se debe a que el mobbing presenta una naturaleza subjetiva e intangible. Por este motivo, un informe de acoso laboral constituye una prueba fundamental en el proceso judicial.

El objetivo de este informe va dirigido a dos fines principales:

1. Valorar las secuelas psicológicas

Analizar las consecuencias psicológicas existentes y su compatibilidad con un cuadro de acoso laboral o mobbing, estableciendo el nexo causal con la situación denunciada.

2. Determinar la cuantía indemnizatoria

Cuantificar el daño psicológico para fundamentar una posible indemnización ante el Juzgado de lo Social o en vía penal.

En este tipo de casos, la transmisión de información en materia psicológica al Juez resulta indispensable para que éste pueda tenerla en cuenta a la hora de dictar una sentencia.

¿Por qué es importante la pericia psicológica de acoso laboral?

Evaluación psicológica de acoso laboral — informe pericial

Como regla general corresponde al demandante, es decir, a la víctima, probar los hechos en los que basa su petición. Probar el acoso laboral, el mobbing, casi siempre presenta excesivas dificultades.

Esto se debe principalmente a que las estrategias que utiliza el acosador admite una pluralidad de formas. Estas oscilan desde las actitudes más groseras y violentas (como pueden ser los insultos o amenazas en presencia de público) a técnicas bastante sutiles (como ignorar, extender rumores o retener información transcendental para el trabajo de la víctima).

El acosador suele realizar su conducta sin dejar rastro, aparentando normalidad. Sin embargo, cuando se realiza una evaluación del acoso laboral, las consecuencias sí existen. Estas son, prácticamente en su totalidad, a nivel psicológico.

El hostigamiento progresivo sufrido por las víctimas de mobbing provoca unos efectos que dependen de:

  • La vulnerabilidad concreta de cada víctima
  • La prolongación de esta situación en el tiempo
  • El motivo de acoso
  • La relación interpersonal del acosador con la víctima

La sintomatología que más suele desarrollarse en este tipo de víctimas es de corte ansioso-depresiva, manifestándose en forma de:

  • Insomnio
  • Déficit en la concentración
  • Sentimientos de culpa
  • Inseguridad emocional
  • Abandono de las responsabilidades familiares
  • Incremento del absentismo

Por tanto, al igual que se aportaría una radiografía para probar la rotura de una pierna… ¿por qué no aportar un informe de acoso laboral para probar la sintomatología desarrollada?

¿Cuáles son los puntos clave de una evaluación sobre acoso laboral?

La evaluación del acoso laboral debe caracterizarse por ser exhaustiva. Para identificar correctamente una situación de mobbing, el análisis debe centrarse en tres puntos fundamentales. Solo así se puede crear una prueba sólida que demuestre el impacto psicológico:

1. El estado de la víctima (el peritado)

Evaluar la existencia de psicopatología y personalidad, su relación con la adaptación laboral, y la posibilidad de sobresimulación de sintomatología clínica.

2. La etiología de la alteración

Analizar e identificar el origen del estado de la víctima y cualquier influencia que pudiese afectar de forma directa al desarrollo de la alteración.

3. La compatibilidad

Establecer la compatibilidad entre el estado de la víctima con una situación de acoso psicológico laboral o mobbing.

Fases del acoso laboral — evaluación pericial psicológica

Cómo trabajamos el informe psicológico laboral en Psicolegalmente

En Psicolegalmente realizamos peritajes psicológicos de acoso laboral con un enfoque riguroso y científico. Nuestro proceso incluye las siguientes fases:

Antes de comenzar

Hablamos por teléfono y vemos si en tu caso es viable realizar un informe (de manera gratuita). Se solicita la documentación disponible cuando sea posible.

Primero — Las entrevistas

Se realizan diversas entrevistas de carácter psicológico a la víctima del mobbing. Igualmente, se pueden realizar entrevistas a personas cercanas a la víctima en el entorno laboral (si estuviesen autorizadas).

Segundo — Las pruebas psicométricas

Se aplican pruebas de evaluación psicológica de carácter empírico para contrastar la información obtenida en las entrevistas y valorar el perfil psicológico de la persona evaluada.

Tercero — Integración de la información

Se realiza un análisis exhaustivo de toda la documentación del caso particular, integrando toda la información obtenida en las entrevistas y los tests para clarificar el alcance del impacto.

Cuarto — Redacción del informe

Se procede a la redacción del informe sobre acoso laboral. Aproximadamente 3 semanas desde el fin de la evaluación, el resultado es un documento de unas 15-30 páginas que analiza de manera robusta y empírica el impacto psicológico del mobbing.

Conclusiones sobre la aportación de un informe pericial en un juicio laboral

Una situación de acoso en el lugar de trabajo puede llegar a ser aparentemente invisible y difícil de identificar. Aportar un informe de acoso laboral como medio de prueba puede ser decisorio a la hora de establecer la sentencia.

En España, la psicología forense está tomando cada día mayor importancia, siendo muy habitual que los peritos asesoren a nuestros tribunales en asuntos de índole psicológica.

Referencias

  • Manual docente del Máster en Psicología Clínica, Legal y Forense. Universidad Complutense de Madrid. Enlace
  • López, V. D. y González-Trijueque, D. (2022). «Revisión de instrumentos en español para medir el acoso laboral». Anuario de Psicología Jurídica, vol. 32, nº 1.
  • Moratalla, J. F. E. y Poyatos Matas, G. (2004). Mobbing: análisis multidisciplinar y estrategia legal.
  • González-Trijueque, D.. El acoso psicológico en el lugar de trabajo: epidemiología, variables psicosociales y repercusiones forenses.
  • The measurement of experienced burnoutMaslach, C. y Jackson, S. E. Wiley, 1981
  • Pérez-Bilbao, J., Nogareda, C., Martín-Daza, F. y Sancho, T. (2001). Mobbing, violencia física y acoso sexual. I. N. de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Madrid.
  • Piñuel y Zabala, I. (2003). Mobbing: cómo sobrevivir al acoso psicológico en el trabajo.
  • BOE-A-2015-11430 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre de 2015, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. BOE
  • Código Penal, art. 184. Enlace
  • Asociación Americana de Psiquiatría. Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5).
  • Cisneros XI. El mobbing en España 2009
Cristina Ropero Armijo
Cristina Ropero Armijo

Psicóloga clínica y forense · Nº colegiación M-33081 · COPM

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